martes, 13 de enero de 2009

España: Inseguridad juridica del IVA


"Inseguridad jurídica para el IVA", articulo publicado el 12-01-2009 , por Luis de Ulíbarri, abogado de Hammonds, en Expansion (www.expansion.com):

No deja de ser sorprendente la postura de la Administración Tributaria respecto a los criterios “temporales” de valoración en las permutas de terrenos por edificaciones futuras.


Fue en en el mes de abril de 2008 cuando la Comisión Europea solicitó de manera formal a España que adaptase sus prácticas administrativas en lo que respecta a la determinación de la base imponible de este tipo de operaciones.

La Comisión Europea entendía que el valor de mercado debe ser considerado exclusivamente en el momento de la entrega del solar, siendo contraria a la Sexta Directiva la modificación de la base imponible del Impuesto sobre el Valor Añadido a posteriori, en el momento de la recepción de las construcciones, sobre la base de que la forma de pago (dineraria o en especie) no debe llevar a un resultado distinto en el ámbito del impuesto.

La Dirección General de Tributos, lejos de asimilar esta interpretación de la norma, ha venido justificando su doctrina en repetidas ocasiones, la última en Consulta Vinculante nº V2036-08, de 4 de noviembre.

Sus explicaciones resultan complejas, muy complejas, rozando el límite de lo ininteligible. Pero si dan respuesta a los sencillos planteamientos de la Comisión, es cuanto menos dudoso. “Excusatio non petita...” Esperemos que en algún momento el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE).

Por el momento, el panorama que se abría con la mencionada solicitud de Bruselas, con el criterio seguido actualmente en lo que respecta al Impuesto sobre Sociedades (ver Consulta V1225-08), y algunos comentarios vertidos en este sentido desde la Inspección, si bien de manera más oficiosa que oficial, se han visto truncados en la segunda mitad año.

Una vez más las directrices que gobiernan los distintos tributos en España resultan dispares ante los mismos hechos, y las demandas de Europa desoídas.
Cabría reflexionar si esta actitud, que no parece la mejor de cara a la seguridad jurídica del contribuyente, es un lujo que nos podemos permitir en un momento en que la inversión se hace más necesaria que nunca.
Confiemos que 2009 reconduzca la situación, y si no, que “al menos” nos saque de la crisis.

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